Guía de fiscalidad en el bingo online

Publicado por Publicado en Blog

Hacienda somos todos, eso se ha dicho siempre. Contribuimos con nuestros impuestos al sostenimiento de la economía de todos y, mal que bien, más o menos conocemos las obligaciones básicas: el I.V.A. si eres autónomo, el impuesto de transmisiones si vendes el piso o el inevitable I.R.P.F. cuando llega el buen tiempo.

El problema llega cuando nos salimos de lo básico -sueldo, hipoteca, facturas- y tenemos que plantearnos si tenemos que declarar un dinero caído del cielo como es un premio de bingo onlinePara que el premio no suponga más que alegrías y no tengáis quebraderos de cabeza, os hemos preparado una pequeña guía de fiscalidad del bingo online: ¡Que no cunda el pánico!

Qué hacer con Hacienda si ganas en el bingo online

Lo primero: Asegúrate de que estás haciendo las cosas bien: las casas de juego online deben exhibir su licencia. Fíate de lo que te contamos y jugaras en los mejores bingos online.

Segundo: CELÉBRALO. ¡Eres muy afortunado! Cuéntaselo a tus seres queridos, imagina las mil formas de gastarlo y recréate con todo lo que vas a poder hacer con tu súper premio ¡Igual es un bote acumulado de los gordos!

Tercero: Hasta que no llegue la campaña de Renta no debes preocuparte, es éste el impuesto que cuenta y afortunadamente Hacienda pone a tu disposición su web e incluso un teléfono de atención al contribuyente para que llegado el momento te asegures de hacerlo bien.

Cuarto: En lo que al I.R.P.F respecta, los premios de bingo online se consideran ganancias patrimoniales, y sólo tributan las ganancias netas. Es decir, puedes descontar lo apostado (sobre lo que no te puedes desgravar nada, ¡no todo son buenas noticias!)

Quinto: ¿Hay un mínimo que no se deba declarar? Pues… ¡Noooo! Debes declarar hasta el premio más pequeño. Otra cosa será tu situación personal: ¿Llegas al mínimo requerido o cumples con requisitos que te obligan a presentar la declaración? Tienes que tener una visión global de tus ganancias, tanto en cantidad como en origen (un sólo pagador o varios, lo que hace que los mínimos varíen), para determinar si vas a ser sujeto pasivo de I.R.P.F. o no.

Sexto: El momento es importante. Las ganancias las declaras según el año natural en el que los obtuviste, no importa si lo has retirado o no de tu cuenta. Así, aunque no hayas disfrutado aún de tu premio debes declararlo cuando lo obtuviste.

A modo de resumen: si has seguido nuestros consejos y jugado en una casa con licencia, al llegar la época de la declaración de la Renta junta todas tus ganancias teniendo en cuenta sus orígenes, apóyate en la web de la Agencia Tributaria y recuerda que hay todo un servicio de apoyo a tu disposición ¡Nada de miedo, adelante con ello!


Deja tu comentario

Si pulsas el botón ENVIAR, estás aceptando la política de privacidad, así como la inclusión de tus datos en un fichero de mejorbingoonline.com. Puedes ejercitar tus derechos de información, acceso, rectificación y supresión, de limitación al tratamiento, de portabilidad y de oposición de los datos personales facilitados, remitiendo un correo electrónico a la dirección mejorbingoonline[arroba]gmail.com.